Preguntas frecuentes
El saber comunicar constituye el eje fundamental para prestar eficientemente nuestros servicios profesionales. Por tal razón, se utiliza este simple y pequeño formato, con el único propósito de transmitir los aspectos elementales de nuestra actividad profesional.
1- Qué es DÍAZ - SCHARFF ABOGADOS?
DÍAZ - SCHARFF ABOGADOS es una red, dedicada a prestar servicios jurídicos en la Unión Europea, debidamente representada por el Letrado ( Abogado ), D. Carlos Díaz Scharff, quien se encuentra legalmente habilitado por el "Ilustre Colegio de Abogados de Madrid", para efectos de ejercer la abogacía. Igualmente, se presta servicios jurídicos relacionados con Portugal y Perú, basados en los acuerdos de cooperación con profesionales del derecho de estos países.
http://www.icam.es
2 - DÍAZ - SCHARFF ABOGADOS puede prestar servicios jurídicos en países que constituyen la Unión Europea?.
Si. Facultad derivada de las disposiciones adoptadas por los respectivos órganos comunitarios y decisiones emanadas del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de Luxemburgo.
3 - DÍAZ - SCHARFF ABOGADOS acepta cualquier tipo de consultas o casos relacionados con el derecho en general?.
No. Por una cuestión de principio solamente acepta casos relacionados con el perfil y formación especificados en esta página.
4 - DÍAZ - SCHARFF ABOGADOS dispone de honorarios mínimos?.
Si. De acuerdo a las disposiciones orientadoras del "Ilustre Colegio de Abogados de Madrid".
5 - DÍAZ - SCHARFF ABOGADOS se rige por normas deontológicas?.
Efectivamente. Se rige por las normas deontológicas del "Ilustre Colegio de Abogados de Madrid" y del Código Deontológico de los Abogados de la Unión Europea.
6 - Cuáles son los medios de pago que acepta DÍAZ - SCHARFF ABOGADOS?.
Podrá realizar sus pagos a través de los medios electrónicos disponibles en el mercado.
7 - DÍAZ - SCHARFF ABOGADOS dispone de corresponsales en Portugal y Perú?
Si. Los corresponsales en dichos países son profesionales del derecho, debidamente inscritos ante sus respectivos Colegios que les faculta ejercer legalmente la abogacía o procuradoria.
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